La República Dominicana enfrenta un déficit significativo de inspectores laborales en sus oficinas provinciales, situación que compromete la supervisión efectiva del cumplimiento de las normativas laborales y la protección de los derechos de los trabajadores. Esta limitación operativa impacta la capacidad del Ministerio de Trabajo para ejercer control, prevención, conciliación y coacción en conflictos laborales.
El último proceso de selección formal para inspectores se realizó en 2018, con la convocatoria para cubrir 50 plazas. De aproximadamente 200 abogados inscritos, sólo 50 fueron designados en 2019. Actualmente, el Ministerio cuenta con 186 inspectores, incluyendo 32 representantes locales y el resto distribuido entre supervisores e inspectores, concentrados mayormente en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo.
Este déficit en el personal ha motivado a la Asociación de Inspectores de Trabajo de la República Dominicana (Asitraredo) a denunciar que el ministro Eddy Olivares ha incumplido el Convenio 81 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) al contratar inspectores sin concurso público. Según Carmen Rondón, presidenta de Asitraredo, estas contrataciones también violan la Ley 41-08 de Función Pública y el Código de Trabajo dominicano.
Rondón señala que el Ministerio de Administración Pública aprobó la contratación de 10 inspectores solicitados por el Ministerio de Trabajo, quienes carecen de las especializaciones necesarias para el cargo. Esta situación genera preocupaciones sobre la idoneidad del personal y la legalidad de los nombramientos, afectando la integridad institucional y la supervisión laboral en provincias.
La insuficiencia de inspectores provinciales no sólo limita el cumplimiento normativo, sino que también puede derivar en un aumento de irregularidades laborales y riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores. La concentración de inspectores en áreas metropolitanas deja desprotegidas otras regiones del país.
Información basada en reportes publicados por Diario Libre. Fuente original